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jueves, 1 de septiembre de 2016

En Alemania los cornudos tendrán derecho a saber quién es su corneador.

Berlín quiere obligar a las madres a decir quién es el padre de sus hijos, cuando el esposo sospeche que no sea suyo.
El Consejo de Ministros alemán aprobará un proyecto de ley presentado por la cartera de Justicia que obligará a las madres a revelar quién es el padre de sus hijos, en caso de que así lo exija quien haya ejercido de progenitor sin serlo y pagado la manutención.
El proyecto tiene como objetivo permitir que aquellos que han pagado la manutención de los niños considerando erróneamente que eran los padres puedan defender mejor sus derechos. En principio, éstos (cornudos) pueden reclamar lo que han abonado al progenitor biológico (corneador), pero para ello tienen que conocer su identidad y hasta ahora la mujer no está obligada a desvelarlo.
El texto del proyecto de ley señala concretamente que la mujer tendrá ante el falso padre (cornudo) la obligación de revelar con quién ha tenido relaciones sexuales en el tiempo en que pudo producirse la concepción. Una vez comprobada la identidad del verdadero padre (corneador), quien haya pagado la manutención podría exigir que se le repongan los gastos, pero sólo a partir del momento en que tuvo dudas sobre su paternidad y empezó el proceso de impugnación.
La ministra alemana de Familia, Manuela Schwesig, valoró hoy el proyecto de su colega de Justicia, Heiko Maas, y dijo que, aunque es difícil reglamentar jurídicamente estos complicados asuntos familiares, deben acabarse los vacíos jurídicos existentes.
En España la legislación protege al corneador, ya que existe la llamada presunción legal de paternidad. En el código civil se establece que se presumen hijos del marido, los nacidos después del matrimonio y antes de los trescientos días siguientes a su disolución o a la separación legal o de hecho de los cónyuges.
La única excepción viene en el artículo 117 del código civil que señala que en el caso de un hijo nacido dentro de los 180 días siguientes a la celebración del matrimonio, el marido podrá destruir la presunción mediante declaración auténtica en contrario formalizada dentro de los 6 meses siguientes al conocimiento del parto.
En España está obligado a pagar la manutención el padre sea o no el progenitor.
En España se distingue entre la figura del padre y la del progenitor. En el caso del marido, siempre es el padre legal (sea o no progenitor o cornudo) y está obligado a pagar la manutención de sus hijos, incluso aunque el cornudo sepa que no son sus hijos biológicos. La madre en España no está obligada a decir al marido quién es el padre, ni tiene derecho a acudir a los tribunales para litigar para que no se reconozca su paternidad. La legislación establece que en el momento de la inscripción en el registro civil del recién nacido, de una madre casada se tiene que inscribir como padre el marido. Si se quiere inscribir a otro como padre distinto al marido la madre para romper con la presunción legal de paternidad se debe aportar el certificado de matrimonio con la inscripción marginal del divorcio, o una sentencia firme de divorcio, o  la sentencia firme de separación, o testigos que avalen que existe una separación de hecho de su anterior pareja. 
Se estima que entre un 1 y un 10% de los niños alemanes podrian no ser hijos los biológicos de su padres legales. En España no se conocen estimaciones.

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